Conductor o adulto responsable, ¿quién paga la multa por no usar el SRI?

El uso del sistema de retención infantil (SRI) cuando se viaja en coche con niños está bastante extendido en España. Según datos de la Dirección General de Tráfico cerca del 90% de los niños utilizan una silla infantil, pero aún hay un número importante de adultos que hacen caso omiso a las normas. Recordamos que la correcta utilización de los sistemas de retención reduce entre un 50% y un 80% el riesgo de lesión en caso de accidente.

La normativa de tráfico (Real Decreto 339/1990) obliga a usar un SRI siempre que el niño tenga una altura de 1,35 metros o inferior. También es obligatorio que el menor ocupe los asientos traseros, sólo podrá ocupar el asiento delantero en tres casos que te contamos pinchando en el enlace. ¿Quién es el responsable de que esta norma se cumpla? ¿El conductor del vehículo? ¿El adulto responsable del niño?

El niño viaja en un coche privado

En el caso que el niño se desplace en un vehículo particular, el responsable de que lo haga correctamente sujeto en su correspondiente sistema de retención infantil homologado es el conductor de dicho vehículo.

Si el conductor del vehículo se niega a hacer frente a la multa, tendrá que pedir la responsabilidad al titular del vehículo.

La multa en este caso asciende a 200 euros y la debe pagar el conductor o, en su defecto, el titular del vehículo. Si el vehículo no dispone de SRI el agente de tráfico puede retener al vehículo para evitar que continúe su marcha hasta que el niño pueda viajar con seguridad.

El niño viaja en un taxi, VTC

Cuando el niño viaja en un medio de transporte público, ya sea un taxi o vehículo con licencia VTC (tipo Cabify o Uber), el responsable de hacer frente a la multa en este caso es el adulto a cargo del menor.

En el caso de estos vehículos la normativa no obliga al uso del SRI siempre que el trayecto se realice dentro de núcleos urbanos. Aun así, AESVi recomienda que todos los niños con una altura igual o menor a 1,35 metros siempre utilicen un sistema de retención infantil independientemente de si el coche es particular o es un taxi o VTC. La mayoría de estos servicios ofrecen SRI a los clientes previa petición, por lo que no es excusa.

La multa cuando el niño viaja sin SRI en un taxi o VTC fuera del entorno urbano es de 200 euros que debe de pagar el adulto responsable del menor (no el conductor del vehículo).

Cuando el niño viaja en autobús

La normativa (Real Decreto 667/2015) respecto al uso de la silla infantil en un autobús es ambigua. Por un lado, dice que en vehículos de más de 9 plazas los niños con 3 o más años de edad y con estatura igual o inferior a 1,35 metros deben utilizar un SRI homologado y adaptado a su peso y talla, pero también dice que, si el vehículo no dispone de estos sistemas, se permitirá usar en su lugar los cinturones de seguridad, siempre que sean adecuados para la talla y el peso del niño y que el autobús disponga de ellos, algo que no siempre ocurre.

Si el autobús ofrece silla infantil para niños o dispone de cinturones de seguridad adaptados, el niño deberá utilizarlos en su trayecto. Si no lo hace, el adulto responsable del menor deberá pagar una multa de 200 euros.

Imagen: Pixabay| Explore_more_UK

error

¡Síguenos!